Aprueba Senado ley para periodistas "rasurada"


Por unanimidad, el pleno del Senado de la República aprobó el dictamen que faculta al Ministerio Público de la Federación a atraer e investigar las agresiones a periodistas y medios de comunicación en caso de omisión de las autoridades locales o de participación de servidores públicos.
La minuta, que fue enviada a la Cámara de Diputados, deja pendiente la creación de la Fiscalía Especializada para la Atención de Agresiones a Periodistas, que tendría rango de ley, autonomía plena de gestión y capacidad financiera y de investigación, hasta que la Procuraduría General de la República (PGR) no concluya su reorganización interna.
Según el dictamen aprobado, se le deja esta facultad al titular del Ejecutivo o a la propia PGR para que en un plazo de 180 días, después de aprobada la ley, para que a su decisión se cree esta instancia o se faculte a otra unidad administrativa estas funciones.
Los presidentes de las Comisiones de Justicia y de Derechos Humanos, el panista Roberto Gil y la perredista Angélica de la Peña, respectivamente, celebraron el dictamen y precisaron que la creación de una fiscalía no desaparece, más bien, se faculta a la PGR para su creación, mientras tanto, la actual fiscalía asumiría sus funciones.
El senador del Partido del trabajo (PT), Marco Antonio Blásquez, hizo una “reserva moral” porque consideró el dictamen “incompleto” debido a que se eliminó la figura de la fiscalía e invitó a la PGR y al titular del Ejecutivo para que pasando los 180 días se contemple la existencia de la Fiscalía Especial o se defina qué instancia administrativa investigará los delitos de los periodistas.
Atracción
El dictamen que contempla modificaciones al Código Federal de Procedimientos Penales, las leyes orgánicas del Poder Judicial de la Federación y de la PGR, así como el Código Penal Federal establece que el MP Federal tendrá —por sí mismo— la facultad de atraer el caso o cuando la víctima o medio de comunicación lo soliciten.
Además, cuando se cometa un delito doloso en contra de algún periodista, persona o instalación con la intención de limitar la libertad de expresión o de imprenta, se aumentará hasta en un tercio la pena establecida para tal delito.
También, se aumentará la pena hasta en una mitad cuando además el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones o la víctima sea mujer y concurran razones de género en la comisión del delito, conforme a lo que establecen las leyes en la materia”.
Protegen integridad
Las agresiones contra periodistas no se federalizan, más bien, la Federación las atraerá también cuando la vida o la integridad física de cualquier víctima se encuentren en riesgo real o cuando los hechos impacten en el ejercicio al derecho a la información.
El Ministerio Público de la Federación deberá determinar el ejercicio de la facultad de atracción dentro de las 48 horas siguientes a la presentación de la solicitud.
Además, cuando a la víctima se le niegue el ejercicio de la facultad de atracción podrá interponer, ante el procurador General de la República un recurso de reconsideración dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha que se le hubiera notificado. La autoridad a su vez deberá responder en menos de 48 horas.
En todos los casos que el MP Federal atraiga el caso, deberá agotar las diversas líneas de investigación relativas a la afectación, limitación o menoscabo del derecho a la información o de las libertades de expresión.
Horacio Jiménez y Francisco Nieto, El Universal, 12 de abril.

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