Amparan a 5 indígenas por violación al debido proceso


La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió amparo para efectos a cinco indígenas acusados de diversos delitos (homicidio, intento de violación y delitos contra la salud) para que un tribunal colegiado resuelva su situación jurídica, dejando de lado violaciones a sus derechos que fueron cometidas durante los procesos en su contra.
Por mayoría de tres votos (José Ramón Cossío, Jorge Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena) el máximo tribunal consideró ayer que las violaciones en agravio de los quejosos no eran suficientes para dejarlos en libertad inmediata. Mientras que Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar se pronunciaron por el amparo liso y llano.
Luego de haber aplazado dos veces la resolución de los asuntos, Manuel López Gómez, Celestino Garay Candia, Eloy García Reyes, Nicolás Gómez Santiz y Joel Mancilla Vázquez, originarios de los estados de Guerrero y Chiapas, fueron beneficiados en razón de que en los juicios penales en su contra no contaron con las debidas garantías que indica la Constitución para tomar en cuenta su situación económica y de vulnerabilidad social.
A pesar de que no hubo acuerdo sobre los efectos de la sentencia, los ministros analizaron de manera integral el sistema con relación a los indígenas y aprobaron una serie de criterios que garanticen su pleno acceso a una justicia pronta, expedita e imparcial.
Es decir, que el juez tome en cuenta la situación concreta del acusado, si habla español o no, su situación económica, así como analizar cada caso tomando en cuenta los usos y costumbres con respecto a los códigos penales en los que se basen las acusaciones en su contra.
Jesús Aranda, La Jornada, 31 de enero.

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