Cuestionan plan contra corrupción

La propuesta del Presidente Enrique Peña Nieto para crear una Comisión Nacional Anticorrupción (CNA) carece de precisión sobre el alcance de sus facultades y su operación en el corto plazo, advirtieron especialistas.

El proyecto de reforma a la Constitución para establecer el nuevo órgano, que sustituiría a la Secretaría de la Función Pública (SFP), indicaron, no va acompañado de una iniciativa de ley secundaria que aterrice los detalles de sus atribuciones.

Si bien en un artículo transitorio se dan 120 días al Congreso para emitir la Ley Federal Anticorrupción, apuntaron, es frecuente que esos plazos sean ignorados por diferencias en el Legislativo.

La ausencia de ley secundaria genera dudas porque se prevé que la CNA investigará y sancionará por vía administrativa "los actos de corrupción cometidos por servidores públicos de la Federación", un concepto en el que entran lo mismo ministros de la Suprema Corte de Justicia, jueces y magistrados, que consejeros del Instituto Federal Electoral y rectores de universidades.

Tradicionalmente, cada Poder y órgano autónomo ha tenido sus propia contraloría, al igual que los estados y municipios, pero la CNA podrá incluso revisar a estos últimos ejerciendo facultad de atracción sobre los asuntos que considere.

"La pregunta es cómo la ley va a diferenciar entre sanciones administrativas por corrupción y las sanciones administrativas que no impliquen corrupción, y quién va a imponer estas últimas, dado que desaparece la SFP y se está derogando la reforma de 2006 que nunca se aplicó" y que daba esta facultad al Tribunal Fiscal, cuestionó Sergio López-Ayllón, secretario general del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).

El académico consideró afortunado que la corrupción dolosa, aquella que realmente daña al erario, sea perseguida como un fenómeno distinto a las irregularidades menores, que la SFP ha perseguido implacablemente al grado de obstaculizar el trabajo de los funcionarios.

"El tema de fondo es si este fenómeno tendría que continuar combatiéndose a golpe de ley o de reformas constitucionales, o bien con acciones concretas que en casos específicos inhiban actos de corrupción, sobre todo los emblemáticos, que en México son muchos", consideró el litigante Luis Manuel Pérez de Acha.

Recordó que el tema ya está regulado en la Constitución, y que hay por lo menos siete leyes federales en la materia, incluida la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, que apenas entró en vigor el pasado 12 de junio, ha pasado desapercibida y podría ser derogada sin haber sido aplicada.

"La eficacia de la CNA no dependerá tanto de las leyes reformadas con motivo de su creación, sino de la decisión de aplicarlas en todos los casos", remarcó.

Otro punto de confusión es que las sanciones que imponga la CNA serán impugnables vía amparo directo ante los tribunales colegiados de circuito, lo que implica que magistrados federales podrían estar resolviendo sobre acusaciones contra consejeros de la Judicatura, ministros de la Corte y otros altos funcionarios del propio Poder Judicial.

 
 
 
 
A debate

La propuesta de reformas constitucionales en materia de combate a la corrupción presentada por PRI y PVEM en el Senado establece que:

··El Congreso expedirá la Ley Federal Anticorrupción.

··La Comisión Nacional Anticorrupción será el órgano encargado de prevenir, investigar y sancionar, en la vía administrativa, los actos de corrupción cometidos por servidores públicos de la Federación y, en vía de atracción, de estados y municipios, así como por cualquier persona física o moral involucrada en tales actos o que resulte beneficiada por los mismos.

··La Comisión será un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

Víctor Fuentes, Reforma, 9 de diciembre.

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