La Corte propina revés a la CNDH a favor de PGR

La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la discrecionalidad de la PGR en el uso de la información que proporciona a la CNDH en indagatorias relacionadas con violaciones a derechos humanos.

Siete de los 11 ministros del pleno declararon constitucional el artículo 5 de la Ley Orgánica de la Procuraduría, el cual prohíbe la entrega a la Comisión de datos “que pongan en riesgo investigaciones en curso o la seguridad de personas”.

La CNDH argumentaba que la restricción violaba en sí los derechos humanos, porque le impedía desarrollar su función y defender a particulares. Solicitaba tener libre acceso a las averiguaciones previas, lo que de inicio fue rechazado por el ministro ponente José Fernando Franco.

A su proyecto sólo se opusieron José Ramón Cossío, Olga Sánchez, Juan Silva y Guillermo Ortiz Mayagoitia, quien objetó: “¿Qué pasa si la documentación que está en poder del Ministerio Público es indispensable para que pueda haber un pronunciamiento sobre violación a derechos humanos? No veo inconveniente que órganos de Estado sean coparticipes de información, inclusive secreta. El que la PGR sea dueña absoluta del secreto de averiguaciones previas, y que la información entre autoridades esté sujeta al derecho de acceso a la información, me parece terrible”.

Desde otra perspectiva, Arturo Zaldívar defendió la protección de las investigaciones ministeriales y preguntó: “¿Alguien podría asegurar sin riesgo alguno que la información que se da a una comisión de derechos humanos no puede ser filtrada por alguno de sus empleados?, ¿cuál sería el riesgo para las investigaciones por el momento que vive el país?”.

Lo atajó Cossío: “También la información se fuga de la Procuraduría… Se pueden establecer responsabilidades a los miembros de la Comisión que hayan manejado los datos”.

Y enfatizó: “Donde hubiera maltratos a las personas, tortura, desapariciones, ¿cómo va a obtener esos elementos la Comisión? Sólo a través de las averiguaciones. El avalar que la Procuraduría niegue información a la CNDH genera una situación donde la PGR es la que a su libre arbitrio determina qué información es relevante y cuál no”.

Lo apoyó Silva Meza: “La discrecionalidad excesiva que se le confiere a la PGR es violatoria de derechos fundamentales y representa una censura previa violatoria también de la Constitución”.

En contraste, Margarita Luna Ramos habló de los derechos al sigilo y a la reserva, y advirtió que darle carta abierta a la CNDH podría encerrar el peligro de que inculpados “acudan a ella y le digan: ‘están violando mis derechos, me torturaron, necesito que pidas información de la averiguación’”.

A su estilo, Salvador Aguirre Anguiano restó importancia a las tareas de la CNDH por emitir recomendaciones sin fuerza vinculatoria: “¿Esa es una garantía...? Es triste el remedio de hablar de garantías cuando éstas son tan chatas que llegan a recomendaciones, sin fuerza vinculativa para nadie y con una persuasión o no, dependiendo de la fuerza moral”.
Daniel BLancas Madrigal, Crónica, 10 de marzo.

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