Aprueban que CNDH indague violaciones

El Senado aprobó en las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos el dictamen para elevar a rango constitucional la defensa, protección y promoción de los derechos humanos, que incluye la modificación de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pase la facultad de investigar violaciones “graves” a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

Una vez aprobada esta reforma, las instituciones estarán imposibilitadas para negar información al organismo bajo el argumento de datos confidenciales. Pero a cambio, la CNDH deberá mantener reservados los datos para no afectar a terceros.

En el dictamen, los integrantes de las comisiones modifican “sustancialmente” el artículo 102 constitucional para establecer que el presidente de la CNDH y los titulares de los organismos de protección de derechos humanos de los estados se elijan a partir de una consulta pública.

Con esta reforma, la Comisión Nacional de Derechos Humanos podrá investigar “los hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos” por oficio o cuando lo solicite el Ejecutivo Federal, el Legislativo, los gobernadores, el Jefe de gobierno del Distrito Federal o las legislaturas de las entidades federativas.

Se establece que las entidades y el DF garantizarán la “autonomía” de los organismos de protección a los derechos.

El presidente de la Comisión, Pedro Joaquín Coldwell (PRI), resaltó que las modificaciones avaladas en comisiones forman parte de la reforma política que se discute en el Senado.

Estado de emergencia

El dictamen también adiciona el artículo 29 constitucional como un primer piso del entramado jurídico hacia la aprobación del estado de emergencia para fortalecer al Estado en la lucha contra el narco y el crimen organizado.

Los senadores debatieron por casi dos horas el tema, y acordaron que “la restricción o suspensión de derechos y garantías debe ser proporcional al peligro a que se hace frente”.

Los secretarios de Estado y la PGR, con aval del Congreso, podrán restringir en el país o una zona el ejercicio de los derechos y las garantías “que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación; pero por un tiempo limitado”.

El Congreso de la Unión será el encargado de revocar la suspensión de garantías, y el Ejecutivo no podrá hacer observaciones.
Elena Michel y Ricardo Gómez, El Universal, 24 de marzo.

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