Radio y tv podrán criticar a institutos políticos y candidatos si tienen sustento

El proyecto de reglamento para radio y televisión del Instituto Federal Electoral (IFE) que fue distribuido ayer a los partidos para su discusión, considera válido el ejercicio de la crítica realizada a una institución, un servidor público, partido político, candidato o militante, “siempre que los hechos en los que se apoye sean ciertos y las apreciaciones u opiniones expresadas sean racionales y estén motivadas por aquellos”.

A sólo unos días de que sea discutido por el Consejo General del IFE, el reglamento distribuido considera también la realización de “visitas de verificación a los concesionarios o permisionarios que reiteradamente incumplan, parcial o totalmente las pautas ordenadas por el comité”. Las visitas permitirán “corroborar” las razones del incumplimiento que argumenten los concesionarios.

Se establece que en los casos en que los concesionarios o permisionarios se opongan u obstaculicen los trabajos de la autoridad electoral, ésta podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública, imponer una multa y “solicitar a la autoridad competente se proceda por desobediencia a un mandato legítimo de autoridad competente”.

En el capítulo referido a “los contenidos de mensajes y programas”, el reglamento precisa lo concerniente a la crítica negativa que tanta polémica desató en 2006 y prevalece hasta el momento, retomando las restricciones contenidas en la legislación electoral relativas a la denigración de partidos e instituciones.

Como parte de las expresiones denigrantes se consideran también aquellas que “versen sólo en dichos u opiniones, sin remitir o sustentarse en hechos ciertos de existencia comprobable”. Asimismo, fija restricciones a las acusaciones injuriosas o calumniosas cuando exista un “ataque a la vida privada de candidatos, militantes o servidores públicos o impute un hecho determinado y calificado como delito por la ley sin que exista una sentencia firme que lo corrobore”.

Otro artículo dice que también se considerarán expresiones no permitidas aquellas que tengan “por objetivo desprestigiar, descalificar, ridiculizar o denunciar en cualquier momento a las instituciones y/o los servidores públicos que las integren”.

Una de las peculiaridades de este reglamento es que formaliza la incapacidad del IFE para obligar a los concesionarios de televisión por cable a transmitir los promocionales de los partidos, aunque establece la obligatoriedad que tendrán de mantener los espots que se difundan en los canales de televisión abierta.

Sin embargo, el proyecto incluye, en el artículo 59, una previsión: “el IFE, por medio del secretario ejecutivo y previa decisión del Consejo General, podrá solicitar ante la instancia responsable que le sea otorgado un canal de televisión como reserva del Estado en los sistemas de televisión o audio restringidos”.

El proyecto de reglamento será discutido con los partidos en el Comité de Radio y Televisión el próximo lunes y martes, a efecto de que sea aprobado por el Consejo General el próximo jueves junto con otra treintena de reglamentos.

Alonso Urrutia, La Jornada, 4 de julio.


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