Más facultades a las estaciones migratorias

El Instituto Nacional del Migración (INM) concluyó el acuerdo por el que se emiten las nuevas normas que habrán de regular las 48 estaciones migratorias establecidas en todo el país.

Según el texto final del acuerdo por el que se emiten las Normas para el Funcionamiento de las Estaciones Migratorias, y que se encuentra sujeto a revisión por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), se faculta al INM para solicitar el apoyo de otras autoridades en materia de seguridad para mantener vigiladas las instalaciones de los centros de alojamiento, e incluso para realizar revisiones físicas a los retenidos en cualquier momento.

Lo anterior, a fin de detectar la introducción o presencia de objetos o sustancias no permitidas por el propio reglamento, que pudieran poner en peligro la vida o integridad de los indocumentados y demás personas, así como la seguridad de las instalaciones de la estación migratoria de que se trate.

Ello, según el acuerdo, “respetando en todo momento los derechos humanos de los alojados”.

El artículo 10 del nuevo reglamento establece que dicha revisión a los extranjeros retenidos se realizará por personal de su mismo sexo, con el objetivo de salvaguardar el respeto y la dignidad humana.

El organismo, dependiente de la Secretaría de Gobernación, también podrá determinar las acciones a seguir en casos de resistencia organizada de los indocumentados, motín, agresión al personal o disturbios que pongan en peligro la seguridad de las personas o instalaciones.

Los nuevos lineamientos establecen la clasificación de las estaciones migratorias en función de la temporalidad de estancia de los alojados, su capacidad, las áreas de alojamiento y otras que el propio instituto considere; además de que determinará los horarios de visita en cada una de ellas.

En el caso de niños y niñas retenidos no acompañados, el responsable de la estación migratoria deberá dar aviso al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y se privilegiará su estancia en instituciones públicas o privadas que puedan brindarles el tipo de atención que requieren.

Otras de las medidas disciplinarias para quienes violen las disposiciones de las estaciones migratorias van desde amonestaciones verbales en privado o en público hasta la separación temporal, hasta por cinco días, cuando atenten contra la seguridad y el orden de los alojados, del personal o de las instalaciones.

Asimismo, se establece que no se alojará a un número de extranjeros que supere la capacidad física del inmueble, mientras que en cuestión de atención médica —uno de los puntos más controvertidos y denunciados por organizaciones no gubernamentales— se precisa que ésta se proporcionará de manera gratuita.
Susana Hernández, Milenio, 30 de julio.

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